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Nuevas Leyes para beneficio de las Personas con impedimentos

 

Mediante la Ley 57 del 4 de Agosto de 2009, la "Carta de Derechos de las Personas con Impedimentos" ha recibido una enmienda para proteger a la población en caso de ser objeto de explotación financiera por parte de familiares, personas particulares o empresas privadas. Además, se aprobó la Ley Num. 35 la cual requiere que la  Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres de Puerto Rico desarrolle e implante planes de desalojo de edificios públicos para personas con impedimentos.

Por otro lado,  se enmendó  la Ley de la Autoridad de Transporte Marítimo de Puerto Rico a fin de garantizar que todos los miembros de la tripulación  de las embarcaciones que cubren la ruta marítima que comprenden las Islas Municipio de Vieques y Culebra, vía la Isla Grande, cuenten con adiestramientos especializados para atender situaciones de emergencias, para velar por el bienestar, asistir a personas con necesidades especiales o impedimentos.

Se espera que los estatutos mencionados mejoren la calidad de vida de nuestra población con impedimentos.

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