Ley ADA, Sección 504 de la Ley de Rehabilitación Vocacional y la Asistencia Tecnológica Conozca sus derechos La lucha de una madre por hacer valer los derechos que cobijaban a su hija, quien tenía necesidades especiales, resultó en un litigio civil. Como resultado, se logró que reconocieran y confirmaran los derechos de la joven, lo que a su vez benefició a miles de niños y jóvenes con impedimentos (Rosa Lydia Vélez y otros vs. Awilda Aponte Roque y otros; 14 de noviembre de 1980). Este caso es un ejemplo para todos y demuestra que es necesario conocer las leyes que protegen a las personas con impedimentos. En el Programa de Asistencia Tecnológica de Puerto Rico (PRATP) somos conscientes de lo importante que es dar a conocer las leyes, en especial aquellas que están dirigidas a promover, entre otras cosas, la utilización de la Asistencia Tecnológica (AT) para mejorar la calidad de vida de las personas con necesidades especiales. Tanto la Ley de Rehabilitación, Sección 504, como la Ley Americans with Disabilities Act (ADA), enfatizan, en primer lugar, que NO se puede discriminar contra las personas con impedimentos, y en segundo lugar, la igualdad de oportunidades. El concepto de igualdad de oportunidades no es lo mismo que el trato igual. En algunas situaciones el dar trato igual no proporciona el ajuste o acomodo que requieren las personas con necesidades especiales. Considere el ejemplo de un profesor en un salón de clases. Dicho profesor daría trato igual a un estudiante con impedimento visual al permitirle escoger — igual que a los demás — la computadora que utilizará. Sin embargo, incurriría en discrimen si no le diera acceso a los programas especializados para que el estudiante cumpla con el objetivo de esa materia. Ambas leyes requieren que los productos, acomodo y servicios que se le brindan a las personas con impedimentos se proporcionen en el ambiente más natural y apropiado a partir de sus necesidades particulares. Con ello se facilita la participación de estas personas al incluirlas en su contexto social, dentro del cual también se encuentra el acceso a la corriente general educativa. Los siguientes son ejemplos de prácticas que, según la Oficina de Derechos Civiles de Estados Unidos, pueden ser interpretadas como discriminatorias: • Los almacenes convertidos en salones de clases para estudiantes con impedimentos son lugares o espacios no apropiados para llevar a cabo un proceso de enseñanza-aprendizaje adecuado; • Los estudiantes con impedimentos a quienes no se les provee el apoyo o materiales — como equipos de asistencia tecnológica necesarios — que les permitan recibir un servicio educativo en igualdad de oportunidades; • Cuando a los empleados con impedimentos no se les proporciona un acomodo razonable, mediante el uso de equipos de asistencia tecnológica, para que lleven a cabo sus funciones en el empleo, también puede considerarse como una práctica discriminatoria. Las personas con necesidades especiales cuentan, entre otras, con la asistencia tecnológica, una poderosa herramienta que les permite alcanzar la igualdad de oportunidades. La Asistencia Tecnológica (AT) incluye equipos y servicios. Herramienta Tecnológica para la Igualdad Equipos de AT Los equipos de AT consisten de cualquier objeto, equipo, sistema o producto comercial, adaptado o construido con el propósito de aumentar, mantener o mejorar las capacidades funcionales de las personas con impedimentos. Servicios de AT Los servicios de asistencia tecnológica incluyen cualquier servicio que ayude directamente a las personas con impedimentos a seleccionar, adquirir o usar un equipo tecnológico que les permita llevar una vida normal. Referencias Americans with Disabilities Act.(1990). 42 U.S.C.A. 121011 et seq. Assistive Technology Act. (1998). Pratt, S. (1993) Section 504 “What a Great Law!” Coalition Quarterly, 10 (1), 5-13. The Technology Related-Assistance for individuals with Disabilities Act. (1998, as amended). Underwood J.K. & Mead J.F. (1995). Section 504 in education. The Assistive Technology Act de 2004, P.L. 108-363. Legal aspects of special education & pupil services. (pp. 41-46) Massachusetts: Simon & Schuster. Recursos Virtuales http://www.wrightslaw.com http://www.nls.org http://www.ncd.gov/newsroom/news/r00-295.html http://www.ncd.gov/newsroom/disabilityrights.html http://www.advocacycenter.org/news index.html http://www.childrenwithdisabilities.ncjrs.org http://www.fccsuncoast.org Programa de Asistencia Tecnológica de Puerto Rico Dirección postal: Jardín Botánico Sur, 1187 Calle Flamboyán San Juan, PR 00926-1117 Tel: (787) 764-6035 / (787) 764-6042 / (787) 767-8642 Fax & T. TTY: (787) 754-8034 Isla: 1-888-764-6035 / EUA: 1-888-633-6035 Página en la red: www.pratp.upr.edu Correo electrónico: pratp@pratp.upr.edu